Sin una vacuna disponible para hacer frente al Covid-19, todas las industrias, pero quizá especialmente la marítima, deben tomar medidas para contener la difusión del patógeno y dar continuidad a la entrega de mercancías.

Ante las medidas implementadas en todo el mundo para frenar la propagación del Covid-19, la industria de transportación marítima se ve obligada a anticipar sus riesgos para garantizar la continuidad de entrega de mercancías y las operaciones logísticas en puertos. 
Derivado de la pandemia global, los gobiernos han tomado medidas estrictas para el arribo de buques en puertos, medidas que golpean la práctica de comercio internacional, actividad primordial para la entrega de bienes de todo tipo.  
Golpe al comercio mundial 
La industria naviera desempeña un papel clave en la economía mundial. Se calcula que entre el 80% y 90% de las mercancías de todo el mundo se transportan vía marítima. La crisis derivada por el coronavirus ha sido una dura prueba para la economía y el comercio.
En México, por ejemplo, la industria automotriz es uno de los sectores que más ha resentido el impacto en la transportación marítima. La suspensión de la producción de plantas automotrices en el mundo derivaron en una menor demanda y baja de movimiento de buques. La Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA) destaca que el 80% de vehículos ligeros (autos y camiones) que se fabrican en el país se envían al mercado estadounidense y de ellos, cerca del 15% se exporta vía marítima. 
Ante el escenario actual, Lockton, el consultor privado de seguros más grande del mundo, recomienda tener en cuenta los alcances de la cobertura de los contratos de seguro de transporte para mantener las operaciones. Los puntos a tomar en cuenta son:
Retraso
Una embarcación que llega con retraso al puerto puede tener implicaciones financieras para todos los involucrados en la transacción de la transportación marítima. Por lo general, el retraso no se encuentra cubierto bajo el contrato tradicional del seguro, aun cuando haya sido causado por un riesgo asegurado.
Acumulación de la carga
El valor de la mercancía en tránsito acumulada en un puerto o bodega puede exceder el límite de acumulación permitido bajo el contrato de seguro. En este caso hay que verificar si se pueden aplicar primas adicionales.
Cargos por demora
El exceso en tiempo para cargar o descargar una embarcación o en liberar mercancía del puerto de descarga dentro del período del tiempo descrito, o el retraso en devolver los contenedores, camiones o carros de ferrocarril, puede resultar en cargos por demora y/o penalizaciones que se cargan al transportista/ dueño de la mercancía. Estos cargos por demora no son recuperables bajo el contrato de seguro de carga, a menos que el retraso o retención de las unidades sea por instrucciones del asegurado a fin de inspeccionar o examinarlas después de una pérdida.
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Desviación
En el caso de puertos no seguros, la embarcación expresamente se reserva el derecho de desviarse a un puerto distinto al que se describe en el conocimiento del embarque. La póliza tradicional de transporte incluye una cláusula de desviación que permite ciertos retrasos o desviaciones en tránsito sin que se anule la cobertura; sin embargo, los costos adicionales de flete y reembarque asociados con una desviación no suelen estar incluidos.
Fuerza mayor (Force majeure)
Muchos contratos con proveedores, camioneros, transportistas marítimos y bodegueros incluyen una cláusula de fuerza mayor. Esencialmente esta cláusula los exime de cumplir con las obligaciones en caso de un evento inesperado o incontrolable como el brote mundial de coronavirus Covid-19. Es importante que los eventos que realmente constituyen una fuerza mayor queden claramente estipulados en el contrato.
Interrupción en el tránsito
Los contratos de seguro de transporte están diseñados para cubrir la mercancía mientras está en su debido tránsito. El alcance de la cobertura incluye los retrasos acostumbrados y las interrupciones en el tránsito que están fuera de control del asegurado, aunque en este aspecto puede haber excepciones y limitaciones.
Fuente: Lockton.